Danny Fuentes Espinoza
Luego de casi seis meses en prisión preventiva, el matrimonio santiaguino compuesto por Jocelyn Saavedra (29) y Pablo Tejo (30) recuperó su libertad, tras objetarse el procedimiento de detención realizado en diciembre de 2015 por la Brigada Antinarcóticos de la Policía de Investigaciones, en coordinación con la fiscalía local de Chillán.
La decisión fue tomada por el juez del tribunal de Garantía local, Luis Aedo, quien acogió la tesis del abogado Rodrigo Vera, defensor de los acusados, quien planteó que se les detuvo por un control de identidad y no por una orden judicial, lo que vulneró sus derechos constitucionales.
La génesis del hecho se remonta al 19 de diciembre de 2015, cuando el fiscal de turno, Eduardo Planck, solicitó una orden judicial para sacar de la cárcel a un sujeto identificado como Rafael Muñoz, detenido cuatro días antes en Chillán por el delito de tráfico de droga.
Según relató el abogado Rodrigo Vera, el imputado con amplio prontuario policial "estaba dispuesto a entregar información sobre su proveedor de droga, oriundo de Santiago. Luego, contando ya con la identidad del proveedor, los policías se trasladaron con el informante hasta Santiago".
Ya en la Región Metropolitana, específicamente en la comuna de San Miguel, los detectives permitieron que Rafael Muñoz se reuniera con Pablo Tejo y Jocelyn Saavedra, para que efectuaran en la vía pública la transacción de casi 600 gramos de clorhidrato de cocaína de alta pureza. Una vez que los detectives verificaron el hecho, procedieron a realizar el control de identidad al matrimonio y también al imputado.
"Lo ilegal fue que la PDI, a pesar de tener identificado al supuesto proveedor, no solicitó orden judicial para su detención, sino que en su informe expresó que lo descubrió a través de un control de identidad, además de relatar en el parte que al informante lo habían encontrado circunstancialmente en Santiago, y luego de hacerle esta fiscalización supieron su nombre, lo que es irreal, puesto que lo habían sacado de la cárcel y viajaron con él 400 kilómetros", aclaró Vera. Descubierta esta información por parte del abogado defensor, ésta se expuso ayer ante el tribunal, justo cuando se realizaba la preparación de juicio oral, en que la fiscalía (representada por el abogado persecutor Álex Montesinos) solicitaba una pena de presidio de 7 años para el matrimonio capitalino, para lo cual presentarían como medio de prueba los testimonios de los nueve detectives que participaron del operativo, además de la evidencia pericial y documental. Sin embargo, a la luz de los nuevos antecedentes, el magistrado Aedo decidió objetar toda la prueba por considerarla inválida. De hecho, de cara al juicio oral que deberán enfrentar los dos acusados, sólo se contará con la declaración testimonial del padre de la mujer involucrada.
"Esta resolución del tribunal se enmarca dentro de la jurisprudencia uniforme de la Corte Suprema relativa a anular juicios orales donde los procedimientos policiales son ilegales", comentó el abogado Vera, quien salió caminando del tribunal junto a los imputados, los que viajaron a Santiago para cumplir con la cautelar de arresto domiciliario nocturno.
Ministerio Público apelará a decisión
En la Policía de Investigaciones aseguraron que el procedimiento estuvo ajustado a Derecho y desde la Fiscalía, en tanto, reaccionaron descartando que la Brigada Antinarcóticos haya actuado sin la instrucción de fiscalía. Además, plantearon que "no se comparte la decisión del Juzgado de Garantía y se está preparando la apelación para ser revisada por el tribunal de alzada de Chillán". Esto, debido a la jurisprudencia que han determinado los tribunales en torno a invalidar controles de identidad que consideran ilegales. "Es el fruto del árbol envenenado", graficó el abogado Rodrigo Vera.
19 diciembre de 2015
se detuvo al matrimonio que quedó en prisión preventiva. Ahora cumplen arresto domiciliario nocturno.