Grupo Boldt-Peralada impugnó la postulación de Dreams ante la SCJ
casinos. En su defensa, grupo catalán argentino afirma que Dreams no cumple con los requisitos legales mínimos de postulación.
La postulación para adjudicarse el casino de Chillán está al rojo vivo. El pasado 3 de junio la Sociedad Chillán Casino Resort S.A. (grupo Boldt-Peralada) interpuso un recurso de reposición en contra de la resolución exenta N°120 de fecha 26 de mayo del 2014, dictada por la Superintendencia de Casinos de Juegos, en el marco del proceso de Otorgamiento de un Permiso de Operación de Casino de Juego año 2014, en contra de la postulación de la Sociedad Casino de Juegos Chillán S.A. (Dreams).
Según los abogados del grupo Boldt-Peralada, Dreams aprobó el examen de precalificación de la SCJ, incumpliendo los requisitos legales para postular al permiso de operación.
La defensa de la sociedad argentina española indicó que Dreams incumplió dos requisitos fundamentales. El primero tiene que ver con el capital mínimo exigido por la Ley 19.995, el cual -según el abogado de la sociedad Boldt-Peralada- es menor a 10.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que legalmente inhabilitaría a Dreams como postulante.
La segunda obligación legal, presuntamente incumplida por Dreams, según los abogados de Boldt-Peralada, se refiere a la falta de idoneidad del postulante. Es en este punto en que el grupo argentino español desconfía de los capitales presentados ante la SCJ, ya que a su entender éstos no fueron transparentados ante la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), de la forma como corresponde.
falta de capital
Según la Ley 19.995 de la SCJ, cualquier sociedad que quiera postular a la adjudicación de un casino en el país deberá tener como mínimo un capital de 10 mil UTM, como exige el artículo 17 de dicha ley.
'Podrán optar a permiso de operación para un casino de juego, sólo sociedades anónimas cerradas constituidas en Chile, que se sujeten a las normas de control que rigen a las sociedades anónimas abiertas, según lo dispuesto en la Ley 18.046, con las siguientes particularidades, letra C: El capital social no podrá ser inferior 10.000 Unidades Tributarias Mensuales, en dinero o en bienes avaluables en dinero, el cual deberá estar suscrito y pagado en cincuenta por ciento, a los menos, al momento de la constitución de la sociedad; si así no ocurriere, se tendrá por no presentada la solicitud de permiso de operación (…)'.
Es respecto de este punto que el grupo Boldt-Peralada sostiene que Dreams no calificaría para la postulación, ya que aseguran que el capital suscrito por Dreams, ascendente a $200.025.000 millones se sujetó a una condición suspensiva, es decir, que se pagarían dentro de los 90 días a contar de la fecha de otorgamiento a la sociedad -de parte de la SCJ- de un permiso para la operación de un casino de juegos en la comuna de Ovalle, pago que finalmente falló.
Dichos capitales, a los cuales se refiere la defensa del grupo catalán argentino, son de la postulación anterior de Dreams al casino de Ovalle, el cual finalmente se adjudicó Boldt-Peralaba y que según la sociedad extranjera no cumplen con los montos mínimos.
FALTA DE IDONEIDAD
Otra de las exigencias incumplidas por Dreams, según la sociedad extranjera, tiene referencia a la falta de idoneidad. Una de las grandes dudas que tiene la defensa de Boldt-Peralada es el origen de los capitales.
Según lo que consta en documentos presentados por los abogados de la sociedad extranjera, Dreams actualmente está conformada por dos personas naturales, Jaime Wilheim y Claudio Tessada, ambos gerentes de la empresa, a los cuales se les transfirieron los capitales del Casino Dreams Ovalle S.A.
El problema de dicha transferencia, a juicio del grupo Boldt-Peralada, es que 'se desconoce el instrumento traslaticio de dominio y, por ende, su naturaleza, fecha, precio y forma de pago'.
Asimismo, la sociedad extranjera dice que Dreams, siendo una empresa inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros, no hace pública la transferencia de acciones, vulnerándose el artículo 10 de la Ley 18.045.
Dicha normativa dice lo siguiente: 'deberán divulgar en forma veraz, suficiente y oportuna, todo hecho o información esencial respecto de ellas mismas y de sus negocios al momento que él ocurra o llegue a su conocimiento', hecho que según Boldt-Peralada no sucede en este caso.
Es en ese sentido que la sociedad extranjera señala que la empresa Dreams S.A., al efectuar la venta de sus acciones desde la Sociedad Casino Dreams Ovalle S.A. a la Sociedad Casino de Juegos Chillán S.A., faltó a la transparencia, lo que a su juicio es grave.
DREAMS
Tras el recurso de reposición presentado por Boldt-Peralaba, Dreams se manifestó con cautela. Para su gerente de Desarrollo y Nuevos Negocios, Roberto Tapia, su postulación cumple con todos los requisitos legales, por lo que no ven las irregularidades presentadas por la sociedad catalana.
'Estamos tranquilos porque nuestra postulación cumple absolutamente con la normativa aplicable, tal como ya lo ha corroborado la Superintendencia de Casinos de Juego, y esperamos confiados que el proceso de postulación termine otorgando el permiso al mejor proyecto', recalcó Tapia.
Según Dreams, es a la SCJ a la cual corresponde resolver si la empresa cumple o no con los requisitos legales para adjudicarse el casino. Sin embargo, en Dreams se encuentran tranquilos porque -aseguran- su sociedad ya precalificó con su proyecto ante la SCJ.