Justicia constató irregularidades en adopciones y exoneró a funcionario
La gran cantidad de niños que salían al extranjero para ser adoptados, versus las numerosas postulaciones de familias chilenas que deseaban acoger a un integrante en sus hogares, fue una de las primeras señales de alerta que se dieron para sospechar que algo no estaba funcionando como debía en los tribunales de Chillán.
Una seguidilla de errores y rastros que dejaban a simple vista anomalías en el proceso de adopción, como informes sociales hechos en los hoteles o casos en que había una negativa del Servicio Nacional de Menores (Sename) para entregar a un niño en adopción, pero que pese a esta indicación igual era entregado a manos de familias extranjeras, fue parte de lo que se investigó en la década del 90, por el ministro Guillermo Cossio.
'Eso fue el año 90. Hubo efectivamente una investigación y se designó al ministro en visita Guillermo Cossio Paredes, para que se hiciera cargo de la investigación. Esto culmino con la exoneración del cargo del secretario del tribunal, no me acuerdo como se llamaba, porque murió. O sea que irregularidad se detectó y por eso se fue', aseveró el presidente de la Corte de Apelaciones de Chillán, Darío Silva.
En 1989 se detectó que alrededor de 30 lactantes habían salido de Chile en manos de matrimonios extranjeros. Chillán y San Carlos eran las comunas que presentaban mayor cantidad de bebés que eran adoptados por familias extranjeras pese al informe negativo que entregaba Sename.
'Esa investigación debe estar archivada. Después de esa investigación terminó todo, se normalizó. La jueza (en la década del 90 de Menores) Marcela Ramírez puso coto al asunto, más la investigación del ministro Guillermo Cossio', aseguró el ministro de la Corte de Apelaciones de Chillán quien no ha vuelto a conversar sobre estos hechos con Marcela Ramírez quien hoy es magistrada del Tribunal Oral de nuestra ciudad.
Fueron seis sentencias, para la adopción de menores en el extranjero, las que en definitiva dieron el punta pie inicial a la investigación que terminó con duras sanciones a funcionarios del tribunal de menores de Chillán. En estas sentencias aparecían los informes de Sename con fecha posterior al día en que se emitió el fallo, lo que a todas luces era una prueba de que no se estaba funcionando como correspondía.
Presuntas adopciones irregulares en Coelemu, Quirihue, San Carlos, Bulnes y otras comunas de Ñuble no llegaron a ser investigadas en tribunales.
'No ha llegado acá nada y abrir una investigación hoy día no tendría sentido algo tan antiguo y ya pasaron tantos años. Tendrán que iniciar acciones legales como impugnar la paternidad de quienes le corresponda y por las vías legales como corresponde, pero nosotros de oficio no tenemos nada', confirmó Darío Silva .
En aquellos años los jueces no podían intervenir en los hospitales, lugar desde donde, en muchos casos comenzaba el tema de las adopciones. A nivel nacional el ministro en visita Mario Carroza aceptó la competencia para investigar 12 presuntos casos de adopciones irregulares, uno de ellos está vinculado al hospital Herminda Martín, al que no ha llegado ninguna solicitud de información o fichas clínicas, desde el tribunal que investiga.
'Hasta aquí no ha llegado nada. No he conversado con el ministro Mario Carroza', dijo Darío Silva.
La querella presentada el viernes, por el abogado Guillermo Valdés, por secuestro permanente, y que se enmarca en la investigación del juez Carroza fue declara admisible por el tribunal. En ella se investigará el caso de María Carmela Concha, quien el año 1975 dio a luz a su hija que posteriormente fue trasladada a Santiago por problemas en el parto, pero tras meses en la capital fue declarada muerta. Sin embargo, no se le entregó el cuerpo ni el certificado de defunción a los padres, pese a tener un buen pronóstico en su estadía en el centro asistencial.
'Si es una querella por secuestro y fue presentada en el tribunal de mi jurisdicción no puedo opinar al respecto, porque me corresponde, como superior, emitir algún pronunciamiento de eso en la medida que venga en algún recurso para acá', aseveró el ministro de la Corte de Apelaciones.
poca exigencia
La normativa vigente, en materia de adopción, hasta antes de 1999 era la ley 7.613, la que carecía de exigencia para adoptar y donde el juez de menores tenía una atribución preponderante, ya que fallaba en conciencia, vale decir dictaba sentencia de acuerdo a lo que su propia conciencia valoraba, independiente de los aspectos probatorios que existiera.
'El procedimiento no era oral y las personas no asistían a audiencia, sino que a comparendo con actuarios, ni siquiera existía la presencia del juez', explicó el abogado de Sename, Rodrigo Sepúlveda.
En la década de los 70, 80 y parte de los 90's, existía un procedimiento denominado autorización de salida del país, el que fue usado de manera indiscriminada para las salidas de guaguas chilenas al extranjero.
Este recurso consistía en abrir un expediente, de manera breve y bastante rápida, por el juez de menores, quien tomaba una declaración a los matrimonios que llegaban al tribunal y de acuerdo como el magistrado valoraba la prueba que esta familia le presentaba, era que decidía en conciencia de valoración si los autorizaba para sacar al niño del país.
'Ellos llegaban con esa foja firmada por el juez, la cual venía timbrada y podían sacar a un niño del país y adoptarlo en su propio país, de acuerdo a su legislación y no la de Chile, entonces el niño no salía adoptado de nuestro país, lo que hacía es que los matrimonios venían y se iban prácticamente de inmediato, porque se abría este expediente rapidito para la autorización de salida del país', agregó el profesional de Sename
1999 todo cambia
El 5 de agosto de 1999 entró en vigencia la ley actual de adopción que es la 19.620 que establece dentro de su normativa una reglamentación mucho más exigente, dentro de la adopción nacional e internacional. Lo que hace es que si un matrimonio quiere adoptar en Chile tiene que acreditarse ante su propio país y posteriormente ante Chile.
'El cambio legal se produjo con la modernización de los sistemas, hay una suerte de equiparación con los sistemas internacionales de adopción, ya que el sistema antiguo era escrito y el nuevo es oral, y el juez de familia ademas de existir una audiencia oral con las personas que están directamente con el juez, aprecia la prueba de manera crítica y el juez de familia tiene un asesor fundamental que es el consejero técnico quien le entrega una opinión técnica de las pruebas que se rinden a través de informes sociales, psiquiátricos, pruebas físicas, etc. Ya no es en conciencia', detalló Rodrigo Sepúlveda.
En muchos casos de posibles adopciones irregulares, no se puede probar este ilícito ya que no habían argumentos probatorios de que fueron engañadas las madres que entregaban a sus hijos.
'Ocurría una situación bien particular y es que antes había mucho más analfabetismo y nivel bajo de escolaridad. Hay señores que tenían hijos de bajos recursos, que eran analfabeltas y que en definitiva ni siquiera firmaban, sino que lo hacían con su huella y provocaba que en muchos casos firmaran cosas que no sabían y no tenían conocimiento', subrayó el abogado.