Danny Fuentes Espinoza
Por una supuesta "errónea aplicación del Derecho", la Defensoría Penal Pública presentó un recurso de nulidad en la Corte de Apelaciones, en favor de Magdalena Polanco, condenada el 16 de octubre a 10 años de cárcel, después que el tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Chillán diera por acreditado que drogó a cuatro mujeres de avanzada edad, para luego robarles su pensión.
La representación de la condenada, de 52 años, está a cargo del abogado Rodolfo Aguayo, quien ya durante el juicio había planteado su discrepancia con el Ministerio Público, en cuanto a calificar los cuatro hechos como robo con violencia, ya que -según él- se trató de delitos de hurto en los cuales la propia Magdalena Polanco admitió responsabilidad en dos hechos, al renunciar a su derecho a guardar silencio y declarar en estrado.
Según expresó Rodolfo Aguayo en su recurso, la errada aplicación de la ley viene dada porque los jueces sentenciaron a Polanco por el delito de robo con violencia, "sin que en la especie concurran todos los elementos que la tipicidad objetiva del mismo exige, en concreto la modalidad de comisión constitutiva de violencia".
Sobre este último punto, agregó que "existe consenso en nuestra doctrina que la violencia como modalidad de comisión en el delito de robo es una energía o fuerza física que se despliega sobre el cuerpo de una persona o sujeto pasivo". De esta forma, niega que el haber drogado a sus víctimas haya sido constitutivo de delito.
El recurso de nulidad fue ingresado a la Corte de Apelaciones el 31 de octubre y está en proceso de revisión de admisibilidad; luego tendrá que alegarse, y en el evento que sea acogido, los ministros del tribunal de alzada podrían dictar sentencia de reemplazo.
Si se cambia la tipificación de robo con violencia a hurtos reiterados, Magdalena Polanco podría recuperar su libertad.
Durante el juicio, realizado en octubre, la discusión tuvo un carácter académico, y por ello la fiscal Valdebenito destacó la sentencia del tribunal de Juicio Oral en Lo Penal, ya que es la primera en el país en que se considera que el uso de fármacos entra en la descripción de un robo con violencia, defendiendo su idea considerando que las mujeres chillanejas, a quienes engañó Polanco, eran de la tercera edad y todas ellas sufrieron consecuencias físicas, como caídas y severos golpes, cuando se les adormeció.
El caso que impactó a Chillán
Entre el 14 de septiembre y el 23 de diciembre del año pasado, Magdalena Polanco se acercó con diversas excusas a mujeres de la tercera edad, entre 69 y 87 años, para así ganarse su confianza y acompañarlas hasta su domicilio, para aprovechar que estando solas les pudiera servir té o jugos con clonazepam, lo que generaba que sus víctimas cayeran adormecidas. Hasta antes de estos hechos, Magdalena Polanco no tenía antecedentes penales; de hecho, trabajaba como temporera, vivía en la villa Nuevo Amanecer y asistía a una iglesia evangélica pentecostal.