Seremi explica Ley de Protección del Empleo
INICIATIVA. Fue aprobada en el Congreso .
La seremi del Trabajo y Previsión Social de Ñuble, Yeniffer Ferrada, indicó que la Ley de Protección del Empleo "es un mecanismo para minimizar los efectos que tendrá la crisis sanitaria por el COVID-19, y lo que busca es que las personas puedan mantener su fuente laboral y no pierdan sus ingresos, por eso es uno de los puntos centrales en el plan económico del Gobierno".
La iniciativa fue despachada por la Cámara de Diputados y entrará en vigencia en los próximos días. Además, permitirá un uso retroactivo tomando como fecha inicial el 18 de marzo de este año y, potencialmente, podría beneficiar a 4 millones y medio de trabajadores del país.
"Esta aprobación que fue transversal no es para el Gobierno, sino que para miles de pymes y trabajadores de nuestro país que están con mucha incertidumbre respecto a los estragos que está causando y causará la pandemia del Coronavirus. Ellos necesitan que el Estado y toda la institucionalidad les dé una solución que se adecúe a la difícil época que estamos viviendo", señaló la seremi Ferrada
En la práctica, la aplicación de la Ley de Protección del Empleo se ajusta a tres escenarios: suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad; pacto de suspensión del contrato de trabajo; pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo.
"Cuando una determinada comuna o región sea declarada en cuarentena, automática y legalmente todas las empresas y rubros no esenciales pasan a suspender la actividad laboral ya que tienen prohibido el funcionamiento, y de continuar la relación normal, tienen que constatarlo por escrito por acuerdo entre las partes. En este caso el empleador tendrá la obligación de pagar las cotizaciones previsionales y el trabajador podrá hacer uso de un Seguro de Desempleo Extraordinario, sin perder la relación contractual ni los derechos que estipula la normativa laboral", explicó la titular de la cartera en la región.
Ferrada agregó que "como segundo caso, tenemos a una pyme que no está imposibilitada de abrir por disposición de la autoridad sanitaria, pero que dado el contexto, ve enormes mermas en sus ventas, por tanto se le genera una situación muy complicada para cumplir con sus obligaciones. Aquí, empleador y trabajador pueden llegar a un acuerdo, y aplica la misma lógica anterior a la hora de asegurar el pago previsional y sueldos".
La seremi del Trabajo destacó que también "las partes pueden pactar una disminución de la jornada laboral, en donde el empleador sigue cubriendo no menos del 50% del suelo mensual, y el trabajador lo complementa con hasta un 25% del seguro. En todos los casos, una vez que termine la emergencia, se retoman funciones y siguen las remuneraciones de siempre".
Finalmente, la seremi, Yeniffer Ferrada aseguró que los canales para ingresar constancias laborales "siguen funcionando, y en tal sentido los trabajadores que crean vulnerados sus derechos, pueden hacer uso de las plataformas que la Dirección del Trabajo tiene a disposición. Para que se reduzca al máximo el desplazamiento físico, recomendamos ir al sitio web www.dt.gob.cl".