Ámbar
A la pésima relación que tenía Ámbar con su madre, luego con la pareja de su madre, que posteriormente se convirtió en su brutal asesino, ahora se informó que el padre de la persona que era su "cuidadora", que además también fue pareja de la madre, mantenía, según se informó, pornografía infantil y que tenía una denuncia de la propia Ámbar por abuso sexual en enero de este año.
Al descalabro de su familia se sumó la total inoperatividad del Estado y de todas las instituciones que se supone protegen la vida de los niños y niñas más vulnerables en Chile. No más disculpas, es hora que estas instituciones sean proactivas para cambiar el destino a todas las Ámbar que hoy viven en Chile y que, lamentablemente, sabemos de ellas cuando ya es demasiado tarde, como lo ocurrido a la adolescente de Villa Alemana.
Definitivamente, fue una crónica de una muerte anunciada, pero absolutamente evitable.
Luis Enrique Soler Milla.
Legislación
Tuvo que morir cruelmente un joven con una orientación sexual determinada. Tuvo que morir una pequeña en un accidente automovilístico a manos de un conductor en estado de ebriedad. Tuvo que morir un conductor de televisión por una enfermedad catalogada como "rara". Tuvo que morir un perro a manos de una desquiciada. Lo anterior dio origen, respectivamente, a la Ley 20.609 Zamudio, la Ley 20.770 Emilia, la Ley 20.850 Ricarte Soto y la Ley 21.020 Cholito.
Tuvo que morir Ámbar Cornejo para que recién los legisladores se sentaran a ver que había un problema y que era urgente legislar y ver los vacíos que llevaron a esta lamentable situación. Una vez más nuestros parlamentarios llegan tarde. No entiendo cómo pasa que teniendo comisiones legislativas, cuyos miembros tienen asesores, no son capaces de anteponerse y legislar antes de que los hechos ocurran. ¿Qué hacen los asesores? ¿Qué hacen los legisladores? ¿Esto va a ser una tendencia y siempre vamos a legislar y ponerle el nombre de una persona? Coloquialmente, esto se llama atajar los goles.
Francisco Javier Lizana Aylwin
Ley de Migración y Extranjería
El oficialismo ha insistido en dar este debate en pleno contexto de pandemia, lo que ha dificultado la discusión con el resto de la sociedad. Públicamente, dan entrevistas y declaraciones acompañadas de discursos xenófobos, racistas y alarmistas sobre el crecimiento de la población migrante. Todo, sin basarse en datos precisos.
La nueva Ley de Migración y Extranjería debería contemplar estándares y principios en derechos humanos y buenas prácticas en política migratoria. En materia de derechos humanos, la ley no cumple estándares en temas como prestaciones sociales (para personas que también contribuyen al país mediante impuestos, por cierto), expulsión, prohibición de ingreso y principio de no devolución.
En materias de regularización, defiendo el artículo que establece la visa de permanencia transitoria para la búsqueda de oportunidades laborales y espero que no sea vetada por el gobierno. Pensamos que es la forma de tener una migración ordenada y respetuosa de los derechos humanos, pues permite el seguimiento de quienes ingresen y la evaluación de su inserción en la sociedad para su permanencia.
Las personas migran por diferentes motivos, como la búsqueda de una vida digna en materia económica o libre de persecución y/o de violencia. Nuestro país debiese no forzarlos a la irregularidad con políticas restrictivas, que solo generan cifras negras y esconden el problema bajo la alfombra.
Juan Ignacio Latorre Senador de RD, presidente Comisión de Derechos Humanos del Senado
Impuesto
La propuesta de establecer un impuesto a los denominados "súper ricos", descansa sobre una premisa falaz, consistente en que los ricos, esto es, las personas de mayor patrimonio, no pagarían ya suficientes impuestos, por lo cual es necesario aumentar su contribución al erario fiscal. Nada más lejano a la realidad que lo anterior. Se suele olvidar que en Chile tenemos un impuesto a la renta progresivo y por tramo, lo que significa que quien gana más, debe tributar más. Así, cada renta adicional que percibe una persona de altos ingresos, que está en el tramo más alto del Global Complementario, debe pagar 40% de impuesto, sea que se lo retengan de su sueldo o bono, o porque él debe pagarlo en su declaración anual de abril. Lo anterior se suma a otros impuestos de carácter patrimonial, en los cuales quien tiene más, paga más, como ocurre con las contribuciones de bienes raíces y el impuesto a la herencia. En Chile, los más ricos pagan más impuestos. Terminemos con las falacias.
Claudio Bustos Abogado tributario