Argentina restringe vuelos desde Chile y el ingreso de turistas por pasos terrestres
PANDEMIA. En el caso de nuestro país y otras cuatro naciones, se busca reducir 30% la cantidad de vuelos. Argentina prorrogó la emergencia sanitaria.
El Gobierno argentino decidió restringir a partir de hoy los vuelos desde Chile y otros seis países de Latinoamérica, además de Estados Unidos y Europa, para prevenir el ingreso de nuevas variantes del coronavirus a ese país. También prohibirá el ingreso de turistas extranjeros por pasos terrestres.
Según la Casa Rosada, la recomendación es reducir en 30% la cantidad de vuelos con Chile, Colombia, Ecuador, Panamá y Perú. Desde Brasil, México y Europa, la restricción será de 20%; y con EE.UU., de 10%.
La ministra de Salud, la Dirección Nacional de Migraciones y la Administración Nacional de Aviación Civil tendrán la potestad para determinar el cronograma y la cantidad máxima de pasajeros que podrán ingresar al país desde esos destinos.
Los viajes al exterior se realizarán exclusivamente a través del aeropuerto internacional de Ezeiza o desde San Fernando, situado a menos de una hora de Ezeiza. Para pisar suelo argentino, los viajeros deberán contar con un "servicio de salud del viajero covid" para la cobertura médica e informar los lugares donde estuvieron los últimos 14 días previos al ingreso al país.
Los argentinos y residentes que deseen ingresar deberán presentar un test de PCR negativo y hacer una cuarentena obligatoria de siete días. También se suspende el ingreso de turistas extranjeros provenientes de países limítrofes. Se permitirá que entren sólo a través de pasos terrestres los argentinos y residentes que salieron del país antes del 25 de diciembre. Quienes salieron después sólo podrán reingresar por los aeropuertos, siempre teniendo un PCR negativo y cumpliendo una cuarentena de siete días.
Emergencia sanitaria
Argentina prorrogó hasta el 31 de diciembre próximo la emergencia sanitaria que decretó hace un año para enfrentar el covid-19 y que conlleva medidas para evitar contagios y prevenir el desabastecimiento de productos sanitarios básicos.
Entre otros aspectos, la resolución detalla el tipo de aislamiento que deberán cumplir -hasta tanto se realice el diagnóstico confirmatorio- quienes revisten la condición de "casos sospechosos" y de 10 días los "confirmados", desde el inicio de síntomas o del diagnóstico en casos asintomáticos. Por su parte, quienes sean "contactos estrechos" de casos confirmados deberán cumplir 14 días de aislamiento con la posibilidad de reducirlo a 10.