Deep fakes y derechos fundamentales
Durante las últimas semanas, lamentablemente, se ha visibilizado la problemática de las denominadas Deep Fakes o imágenes falsas de personas generadas vía inteligencia artificial. El motivo ha sido la divulgación de este tipo de contenidos teniendo como víctimas a menores de edad, estudiantes de un conocido colegio de Santiago.
La generación y circulación de materiales de esta índole afecta directamente al menos dos derechos fundamentales garantizados a todas las personas por la normativa vigente. La persona afectada o cualquiera a su nombre puede interponer ante una Corte de Apelaciones una acción con el objetivo de procurar la debida protección de la víctima. Esta gestión se denomina Recurso de Protección.
Primero, resulta vulnerado el derecho a la protección de la honra, asegurado por el artículo 19 N º 4 de la Constitución. En virtud de él, toda persona tiene derecho a que su prestigio o imagen pública no sea objeto de imputaciones o endosamiento de hechos, actos o conductas que no ha ejecutado o desarrollado.
Segundo, actos como el mencionado vulneran la integridad psíquica de la persona ficticiamente consignada en las imágenes al atribuirle cualidades o conductas que no le empecen ni ha ejecutado. Este derecho se contempla en el artículo 19 N º 1 de la carta fundamental.
Finalmente es necesario tener presente que la protección de los derechos fundamentales es independiente de la intención con que se cometan los actos que los vulneran. Lo importante en estos casos es procurar un pronto restablecimiento del imperio del Derecho y brindar la debida protección a la persona afectada. Para ello el artículo 20 de la Constitución dota de amplias facultades al tribunal ante el que se interpone esta acción.
Dr. J. Ignacio Núñez Leiva, Universidad Autónoma de Chile
Acuerdo en pensiones
Se requiere prontamente un acuerdo en la reforma de pensiones entre gobierno y oposición. Que el 6% de cotización adicional vaya integro a un Seguro Social no resiste análisis. Los retiros de las AFPs restablecieron el derecho de propiedad sobre los fondos y los trabajadores están más alertas con sus ahorros.
Tampoco es deseable que el 6% vaya sólo a las cuentas individuales sin introducir elementos de solidaridad hoy, con el mensaje de que esto mejorará las pensiones a futuro. A menos que se apruebe algún alza de impuestos que vaya a mejorar las pensiones, oposición y oficialismo deberían negociar en un punto intermedio este 6%, tal como lo había delineado el ex presidente Piñera.
La PGU (214 mil pesos) destinada al 90% de la población mayor de 65 años más vulnerable, tiene un costo anual del 1% del PIB y esta se adiciona a las pensiones actuales de los trabajadores las que mayoritariamente son bajas (menos de 185 mil pesos). Si no se requiere redistribuir vía el componente solidario para aumentar las pensiones hoy, hacerlo sólo vía PGU es caro y además su diseño no guarda relación con el esfuerzo laboral, pudiendo en los casos de rentas bajas incentivar la informalidad. Esto tendría impacto adverso en el mercado de capitales (ya debilitado por los retiros) por mayor presión fiscal vía deuda pública. Este es el típico trade-off de corto y largo plazo con efectos distributivos en las pensiones actuales y futuras.
Francisco Castañeda, académico U Central
Día del Padre
Hablar sobre la figura del padre es señalar la nobleza y el sacrificio de quien, con mano generosa, guía y llevas a conocer la verdad de la vida; quien con su ejemplo de virtudes de sueños, sonrisas, penas y alegrías, enseña a levantarse de cada golpe.
En la cercanía del Día del Padre, los que tienen la dicha de tenerlo y para aquellos que ya lo perdimos, reflexionemos sobre el cariño, las enseñanzas positivas recibidas y que, de seguro, intentaremos aplicar.
Arturo Goddard Bravo profesor normalista